lunes, 30 de septiembre de 2013

Base gravable del CREE no podrá ser inferior al 3% del patrimonio líquido del contribuyente


Esta base será aplicada por la totalidad de los contribuyentes del impuesto sobre la renta para la equidad. Todos los entes jurídicos que tengan que presentar la declaración del CREE, allí se les verá la renta presuntiva para que sea la mínima base sujeta al CREE.

Analicemos brevemente la siguiente inquietud. En la declaración anual del CREE, ¿todos los entes jurídicos sí tendrán que liquidar la renta presuntiva a pesar de que en el impuesto normal de renta existen casos de algunos que no deben liquidar renta presuntiva?
Hay que observar el art. 22 de la Ley 1607 de 2012 donde se establece cual será la base de depuración para llegar a la base gravable final del CREE.
En el segundo inciso de este artículo dice:
Para efectos de la determinación de la base mencionada en este artículo se excluirán las ganancias ocasionales de que tratan los artículos 300 a 305 del Estatuto Tributario. Para todos los efectos, la base gravable del CREE no podrá ser inferior al 3% del patrimonio líquido del contribuyente en el último día del año gravable inmediatamente anterior de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 193 del Estatuto Tributario.
Para todos los efectos, la base gravable del CREE no podrá ser inferior. Imaginemos el formulario del CREE que todavía no lo conocemos, se espera que a finales de este año se conozca. Además, hay que prepararse porque a lo mejor a este formato le puede salir un formato 1733; tendríamos dos formatos y dos formularios.
En ese formulario tendrá que estar liquidado un parámetro que se va a llamar ‘renta presuntiva’. En efecto, en ese formulario del CREE esa renta presuntiva tiene que estar en todos los casos, aun cuando suceda que en el impuesto normal de renta hay entes jurídicos que no calculan renta presuntiva. Por ejemplo los que están acogidos a la Ley 1429 de pequeñas empresas.
Pero si un ente jurídico tiene que declarar renta y el CREE, sin importar que está en la Ley 1429, en el formulario de renta no calcula renta presuntiva pero en el del CREE sí se necesita como un parámetro mínimo. En el CREE sí estará la liquidación de la renta presuntiva.
Hay otros entes jurídicos que en el impuesto de renta no calculan la presuntiva, y son cerca de diez casos. En el CREE si lo van a tener que calcular y esa renta presuntiva será la mínima base para que se calcule el impuesto del CREE.
Ya hay un proyecto de decreto donde en el art. 4, parágrafo segundo dice:
Parágrafo 2: En todo caso, la base gravable del impuesto para la equidad – CREE, no podrá ser inferior al 3% del patrimonio liquido del contribuyente en el último día del año gravable inmediatamente anterior determinado conforme a los artículos 189 y 193 del Estatuto Tributario. Esta base será aplicada por la totalidad de los contribuyentes del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE.
Todos los entes jurídicos que tengan que presentar la declaración del CREE, allí se les verá la renta presuntiva para que sea la mínima base sujeta al CREE.
Cuando se esté diseñando el formulario del CREE estará la renta presuntiva y también existen rentas exentas, pero desde nuestro punto de vista las rentas exentas a lo único que se le podrá restar es a la renta líquida ya depurada, pero no se le va a poder enfrentar a la presuntiva.
Si uno deja que la renta exenta afecte a la presuntiva ya no sería la mínima base para calcular el CREE. Y en el CREE no se puede afectar el recaudo de dinero para el Sena e ICBF.

viernes, 27 de septiembre de 2013

La DIAN está enredada con la exigencia de la información exógena tributaria del año gravable 2013

 

 

 

 

Por culpa de los cambios de la Ley 1607 de diciembre de 2012 al art. 631 del E.T., el Director de la DIAN solo podía haber expedido sus resoluciones en octubre de 2012, es decir, dos meses antes que empezara el año 2013. Como eso no fue posible, la salida que les está quedando para no dejar de recibir información del 2013 es que sea el propio Presidente, mediante un decreto, quien entre a exigirla.

A través de un extenso proyecto de decreto de 53 páginas y con textos incompletos que empezó a circular hace unos pocos días atrás entre los contadores (pero que todavía no se publica oficialmente en el portal de la DIAN), la profesión se ha empezado a enterar de forma no oficial sobre lo que que sería la salida jurídica del Ministerio de Hacienda y la DIAN para poder exigir legalmente la información exógena tributaria del actual año gravable gravale 2013, algo para lo cual la DIAN esta vez no podría hacerlo mediante las tradicionales resoluciones de cada año.
Todo el problema jurídico empieza con la modificación que el art. 139 de la Ley 1607 de diciembre 26 de 1012 efectuó al parágrafo 3 del art. 631 del E.T., cambiando de esa forma la oportunidad que tiene el Director de la DIAN para poder expedir oportunamente sus resoluciones con solicitud de informacion exógena tributaria de los años gravables 2013 en adelante. Para entender el cambio, a continuacion citamos las versiones de la norma antes y después de la Ley 1607.
Versión antes de la Ley 1607
Versión después de la Ley 1607
Art. 631 del E.T, parágrafo 3. La información a que se refiere el presente artículo, así como la establecida en los  artículos 624,625, 628 y 629 del Estatuto Tributario, deberá presentarse en medios magnéticos o cualquier otro medio electrónico, para la transmisión de datos, cuyo contenido y características técnicas serán definidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por lo menos con dos meses de anterioridad al último día del año gravable por el cual se solicita la información. Art. 631 del E.T, parágrafo 3 (modificado con art. 139 Ley 1607 dic.26 de 2012) La información a que se refiere el presente artículo, así como la establecida en los artículos624, 625, 628 y 629 del Estatuto Tributario, deberá presentarse en medios magnéticos o cualquier otro medio electrónico para la transmisión de datos, cuyo contenido y características técnicas serán definidas por la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales, por lo menos con dos meses de anterioridad al último día del año gravable anterior al cual se solicita la información.
(los subrayados son nuestros)
La nueva versión de la norma, aplicada de forma muy extrica, le indica al Director de la DIAN que su oportunidad para expedir las resoluciones con solicitud de información exógena tributaria del año gravable 2013 no sería hasta octubre 31 del mismo año 2013 (como venía sucediendo todos los años hasta el año gravable 2012) sino que dicha oportunidad se le venció en octubre 31 del 2012, es decir, dos meses antes de que empezara el año 2013, lo cual obviamente no se pudo cumplir pues en esa fecha (octubre de 2012) no se había efectuado el cambio que la Ley 1607 solo vino a establecer en diciembre 26 de 2012.